En algunas Delegaciones Provinciales se está aplicando incorrectamente en los art. 30 y 29 la baremación definitiva de este último Concurso de Méritos.
Dado que este criterio afecta a la antigüedad de muchísimos Empleados Públicos sin hacer distinción si dicha antigüedad es como funcionario de carrera, como funcionario interino (de empleo) o personal laboral os comunicamos que existen en las
sedes de USTEA, un modelo de recurso de reposición contra las adjudicaciones de convocatorias de art. 30 en las que no se hayan tenido en cuenta los méritos de acuerdo con el art. 68 del decreto 2/2002.
Os animamos a que los afectados recurráis ante estas actuaciones partidistas e injustas poniéndoos en contacto con la sede de USTEA de vuestra provincia, donde os asesorarán y os facilitarán el documento para reclamar.