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Mantienen la modificación de las bases del concurso de méritos de la Junta - Noticia en ABC
Mantienen la modificación de las bases del concurso de méritos de la Junta - Noticia en ABC
Un juzgado sevillano ha denegado la suspensión de la resolución planteada por los sindicatos en pro «del interés general»
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Sevilla, mediante auto de fecha 3 de enero del corriente, ha acordado denegar la suspensión de la resolución por la que se revocan parcialmente las bases del último concurso de méritos de personal funcionario de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Esta petición de suspensión había sido formulada por el sindicato CSIF-A, que había presentado un recurso contra dicha modificación de las bases del concurso de méritos, donde pedía el establecimiento de medidas cautelares y demandaba que se resolvieran de forma inmediata los diversos concursos de traslados. En dicho auto, consultado por Europa Press, el juez cree que se debe priorizar "el interés general sobre los de la recurrente", señalándose que, teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes, la suspensión supondría un gravamen para los intereses públicos y generales, representados por el regular funcionamiento de un servicio público".
Dicha revocación parcial de las bases de la convocatoria del concurso de méritos trae causa de la aplicación al particular de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, en la interpretación dada por el Tribunal de Justicia Europeo por medio de sentencia de 8 de septiembre de 2011; aplicación en la que el juzgador entiende que existe "apariencia de buen derecho".
Fuentes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública han indicado a Europa Press que ésta es "la primera resolución por parte de la Administración judicial que respalda la actuación de la Junta" en este asunto del concurso de méritos.
Mantienen la modificación de las bases del concurso de méritos de la Junta - Noticia en ABC
Un juzgado sevillano ha denegado la suspensión de la resolución planteada por los sindicatos en pro «del interés general»
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Sevilla, mediante auto de fecha 3 de enero del corriente, ha acordado denegar la suspensión de la resolución por la que se revocan parcialmente las bases del último concurso de méritos de personal funcionario de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Esta petición de suspensión había sido formulada por el sindicato CSIF-A, que había presentado un recurso contra dicha modificación de las bases del concurso de méritos, donde pedía el establecimiento de medidas cautelares y demandaba que se resolvieran de forma inmediata los diversos concursos de traslados. En dicho auto, consultado por Europa Press, el juez cree que se debe priorizar "el interés general sobre los de la recurrente", señalándose que, teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes, la suspensión supondría un gravamen para los intereses públicos y generales, representados por el regular funcionamiento de un servicio público".
Dicha revocación parcial de las bases de la convocatoria del concurso de méritos trae causa de la aplicación al particular de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, en la interpretación dada por el Tribunal de Justicia Europeo por medio de sentencia de 8 de septiembre de 2011; aplicación en la que el juzgador entiende que existe "apariencia de buen derecho".
Fuentes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública han indicado a Europa Press que ésta es "la primera resolución por parte de la Administración judicial que respalda la actuación de la Junta" en este asunto del concurso de méritos.









Comentarios
y en educación por qué no se
y en educación por qué no se ha seguido el mismo criterio? la administración está politizada empezando por este sindicato.
¿Otra vez vendiendo huno?
Un Auto que resuelve una cuestión incidental en uno de los tropecientos procedimientos en marcha; ¿Qué piensan ustedes de la STJA, de 1 de diciembre, firme?
ahora viene otro problema
se ván a dar prisa para rebaremar? será que en marzo estará resuelto como prometían?
No entiendo a CSIF
Dentro de su afiliación seguro que tendrán mucha gente con servicios previos y plantean recursos que solo favorecen a una minoría de afectados por el Concurso, no lo entiendo, es más, hasta candidatos/as presentados en las elecciones sindicales tienen servicios previos.
Solo lo puedo entender desde el punto de vista de fastidiar al 70% del personal que se ha rebaremado, o es que solo quieren torpedear a Función Pública
respondiendo a no entiendo a csif
podrias explicarte mejor? qué quieres decir con todo lo que expones?
Lectura alucinada de la suspensión
Leo alucinado, como desde un juzgado de Sevilla, la CSIF ha logrado parar el concurso con la nueva rebaremación en curso, se alegan que se produce por lesión de derechos fundamentales en personas que no han participado y que podían haber participado. Es curioso, es como si en una oposición se apuntaran una serie de señores, parte de los cuales no se presentaran, y que a los presentados les dieran aprobado general, y los señores no presentados alegaran la nulidad de la oposición porque de haberlo sabido ellos se hubiesen presentado. Y un juez les diera la razón. Inaudito.
Creo que si se producen lesiones en derechos fundamentales, es más, en todos los concursos desde que la Directiva Comunitaria que está en vigor, que se han celebrado se ha producido una lesión de derechos fundamentales, los de los interinos cuyo trabajo en la J.A. no fué valorado en ningún momento, pensando la J.A, que de esa manera mantenía una paz sindical en la administración con las centrales mayoritariamente representadas. Sin embargo no porque lo diga, la en su momento central más representada, tenía en ese instante razón. La tierra era, es y posiblemente será redonda a pesar que en la edad media, los círculos mayoritarios, "profundamente" intelectuales hubiesen dicho que era plana. Ni a los minerales les faltaba la vida porque no tenían el “alito divino”.
De aquellas lluvias vienen estos barros. ya que cuando a alguien, persona física o jurídica, se le da la razón sin tenerla, se talibaniza, y se radicaliza simplemente porque no tiene otra defensa ni razón.
Sin embargo, como he dicho antes, los interinos somos los grandes perjudicados desde hace ya varios concursos. Y creo que ha llegado el momento de pedir responsabilidades a quien con todo derecho ejercen su posibilidad de acudir a la justicia, me refiero a los autores de la suspensión. A mí me parece bien que ejerzan su derecho, pero con responsabilidad, y ya que se van a producir unos daños en muchos funcionarios. Cabe la posibilidad de pedir una fianza por los posibles daños causados, ya que también los interinos tienen un derecho, pero esta vez apoyado por una Directiva Comunitaria de obligado cumplimiento, y en los derechos fundamentales de los interinos.
Es curioso que esto ocurra en un concurso de la funcionarios que la J. A., que está convocado a resultas, es decir que como no se sabe las plazas que van a quedar libres, todo el mundo que quiera concursar, puede concursar, por una plaza quede libre o no como consecuencia de la posible petición del titular de la plaza. Quien no ha concursado es porque no ha querido. Pero además, es que se abrió un periodo de rebaremación para el que quiso concursar, para contar con la antigüedad correspondiente. ¿Dónde está el daño a quien no concurso? ¿No sería que a la vista de las iniciales provisionales, aparecieron puestos apetecibles para esas personas, con los que inicialmente no contaban, y que por esa circunstancia no concursaron?
Ah! Se me olvidaba, como alguien dijo los jueces tienen que aplicar la justicia, y naturalmente ser independientes, pero dentro de la norma, y desde luego la independencia no implica impunidad, ya que la JUSTICIA es lo que permite dirimir problemas sociales que de otra manera no tendrían solución.
Leo alucinado, como desde un juzgado de Sevilla, la CSIF ha logrado parar el concurso con la nueva rebaremación en curso, se alegan que se p
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