Consolidación de Grado.

De acuerdo con la Disposición Adicional Décima del Estatuto Básico del Empleado Público: "La carrera profesional de los funcionarios de carrera se iniciará en el grado nivel, categoría, escalón y otros conceptos análogos correspondientes a la plaza inicialmente asignada al funcionario tras la superación del correspondiente proceso selectivo, que tendrán la consideración de mínimos. A partir de aquellos, se producirán los ascensos que procedan según la modalidad de carrera aplicable en cada ámbito".

Ante esta disposición USTEA recomienda, que todo el personal que tomara posesión en puestos considerados no básicos,solicite el reconocimiento de grado del puesto de la plaza en la que tomaron posesión.
Por ejemplo: delineantes, ayudantes de archivo/bibliotecas/conservadores, informáticos, etc ...

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